La Municipalidad de Azul informa a la comunidad que la posible comisión de delitos por parte de trabajadores municipales fuera de su ámbito laboral resulta ser competencia de la Justicia Penal Ordinaria.
En este contexto, el Convenio Colectivo de Trabajo establece en su artículo 60 que “podrán sancionarse hasta con cesantía (….) La sentencia condenatoria dictada en perjuicio del trabajador como autor, cómplice o encubridor de delito común de carácter doloso”.
Es decir que en el caso de que efectivamente un trabajador municipal sea condenado por la Justicia por delitos cometidos fuera del ámbito laboral, se instruirá el sumario respectivo y de corresponder, se aplicará la sanción del caso.