Días atrás el Jefe de Gabinete Alejandro Vieyra y la subsecretaria de Gobierno de la comuna Fernanda Ibarra se reunieron con la encargada de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) Albertina Duba. Durante el encuentro se abordaron los alcances de la Tarifa Social en nuestro distrito.
En este marco, la Municipalidad de Azul da a conocer los requisitos para acceder a la mencionada tariga, la cual fue concebida para que los ciudadanos en situación de mayor vulnerabilidad paguen un precio más bajo por los servicios públicos.
La Tarifa Social de gas pueden ser solicitada por los titulares del servicio de gas natural y su otorgamiento depende de la Secretaría de Energía. La vigencia desde el otorgamiento será por 12 meses y además todos los meses se realizará un control para definir su mantenimiento.
Este beneficio corresponde a jubilados y pensionados, trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, personas que cobren programas sociales, empleados del servicio doméstico, monotributistas sociales, personas que cobran la Prestación por Desempleo, la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur o una Pensión no Contributiva; y titulares del servicio que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Requisitos
Los solicitantes deben tener actualizados los datos personales y del grupo familiar (padre/madre-hijo/tenencia y cónyuge/conviviente) en ANSES.
Asimismo es necesario ser titular del servicio de gas natural y en caso de no contar con la factura a su nombre, se puede pedir la Tarifa Social provisoria y se tendrán tres meses para cambiar la titularidad del servicio.
Si ya fue realizado el cambio de titularidad, se deberá dejar pasar 30 días para volver a realizar una solicitud de Tarifa Social con el nuevo número de suministro. En caso de que esta última solicitud sea aprobada, se dará una vigencia de 12 meses.
Solo pueden solicitar tarifa social de gas los usuarios residenciales (este estado debe estar indicado en la factura) y los integrantes del grupo familiar no pueden tener más de un medidor de gas a su nombre.
El ingreso del titular del servicio de gas no debe superar 2 salarios mínimos, vitales y móviles. Se consideran los ingresos brutos (sin descuentos), aunque no se sumarán los ingresos correspondientes a la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, a programas sociales, al régimen especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico y a la Prestación por Desempleo.
Por último, el solicitante no podrá tener un vehículo con menos de 10 años de antigüedad -exceptuados los titulares de algún certificado de discapacidad- ni tampoco poseer más de un inmueble, aeronaves ni embarcaciones de lujo.
Trámite
El trámite de solicitud puede realizarse a través de internet, ingresando a Mi ANSES y ante cualquier duda se pueden revisar allí las consultas más frecuentes de Tarifa Social.
Cabe aclarar que si durante los primeros 6 meses desde el otorgamiento los ingresos superan 2 veces el salario mínimo, vital y móvil, se suspenderá la Tarifa Social. En el caso que los ingresos vuelvan a estar dentro de lo requerido, se dará de alta automáticamente sin necesidad de hacer ningún trámite.
Si a partir del séptimo mes desde el otorgamiento, los ingresos superan dos veces el salario mínimo, vital y móvil, se dará de baja la Tarifa Social y allí, en el caso que se vuelva a cumplir con el ingreso requerido, se deberá realizar una nueva solicitud.
Electrodependientes
Respecto de aquellos ciudadanos encuadrados dentro de la categoría “Electrodependientes por Cuestiones de Salud” según lo dispuesto por la Ley Nacional 27.351, la Provincia de Buenos Aires adhirió a la misma a través de la Ley 14.988.
En este sentido, el beneficio alcanza al titular del servicio o uno de sus convivientes que se encuentre registrado como usuario electrodependiente por cuestiones de salud en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud (RECS).
Los usuarios que deseen obtener el beneficio deberán ingresar a la página: www.argentina.gob.ar/salud/electrodependientes, donde encontrarán las instrucciones y los formularios necesarios para cada una de las instancias a efectos de tramitar la inscripción en el RECS y un enlace para ingresar a Trámites a distancia (TAD) (https://tramitesadistancia.gob.ar), donde deben ser enviadas las solicitudes de inscripción. Para la realización del trámite completo deberá disponerse de toda la documentación requerida en formato digital.
El alcance del beneficio implica que la distribuidora deberá otorgar a dichos usuarios, el tratamiento tarifario especial gratuito -costo cero (0)-, para lo cual deberá confeccionar la factura incorporando los conceptos que correspondan al servicio eléctrico. La bonificación sólo alcanza a los conceptos relacionados con la prestación del servicio eléctrico.
Por otro lado, previa solicitud del usuario registrado como electrodependiente por cuestiones de salud en el RECS, la Distribuidora deberá entregarle una fuente de energía alternativa, capaz de brindar la energía eléctrica necesaria para satisfacer sus necesidades.